Competencia: 1. La administración de los bienes municipales. 2. Percepción de rentas o su aumento, recaudación de tasas y la mejor aplicación de sus fondos. 3. Proyectar el Presupuesto de gastos que remita el Departamento Ejecutivo para el ejercicio siguiente. Previa resolución del Concejo, esta Comisión podrá ser ampliada para el tratamiento y estudio del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos. 4. El examen de las Cuentas de la administración municipal. 5. Fijación, supresión, o exoneración de tasas, multas y contribuciones, planes de pago, aumento y disminución de cuotas. 6. Autorización de gastos, créditos y contratación de empréstitos. 7. Aceptación o rechazo de donaciones o legados y todo otro asunto referido a la hacienda pública.
Competencia: 1. Ordenanzas, leyes, y/u otras disposiciones legales relacionadas con la Municipalidad. 2. Contratos y licitaciones con particulares, empresas u órganos públicos nacionales y provinciales. 3. Peticiones de particulares por aplicación de ordenanzas o impuestos en general. 4. Todo asunto que intervengan disposiciones o acuerdos del Concejo, autoridades municipales, provinciales o nacionales. 5. Convenios celebrados con distintas reparticiones, entidades u organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros. 6. Composición y asuntos internos del Cuerpo y modificaciones del Reglamento Interno. 7. Lo atinente a las relaciones laborales del personal del Cuerpo y cualquier otro asunto relacionado con el mismo. 8. La defensa y estricto respeto de los derechos y garantías constitucionales, consagrados en el marco constitucional, instrumentos internacionales y normativa vigente. Tramitación ante las autoridades competentes, las eventuales denuncias sobre transgresiones o avasallamiento de derechos y garantías de los ciudadanos del Distrito, dando previa cuenta al Cuerpo. 9. Todos aquellos asuntos de legislación cuyo estudio no esté confiado expresamente por el Reglamento a otra Comisión.
Competencia: 1. Las manifestaciones de la cultura local, regional, nacional y universal. 2. La protección del patrimonio histórico, cultural y natural material e inmaterial del Partido. 3. Las acciones de promoción cultural. 4. El funcionamiento y uso integral de centros y espacios culturales. 5. Los homenajes públicos, actos culturales y espectáculos artísticos en sus diversas expresiones. 6. Las instituciones y organismos vinculados al quehacer cultural y educativo. 7. Todo asunto vinculado con la educación en general, becas y promoción de estudios superiores y universitarios. 8. Designación de calles y espacios públicos. Para esto se deberá cumplir con la Ordenanza Nº 2.834/99. 9. Las declaraciones de interés cultural o municipal de actividades desarrolladas o a desarrollarse en el Distrito.
Competencia: 1. La salud, el desarrollo humano y el ambiente. 2. La atención de los temas atinentes a la mujer, la familia, la niñez y adolescencia, la juventud, discapacidad, tercera edad y el desarrollo social. 3. Planes de promoción del desarrollo social, organizaciones comunitarias, educación para la salud y/o medicina comunitaria. 4. Hospitales Municipales, Centros de Salud, especialmente en lo que se refiera a la administración, infraestructura edilicia y de equipamientos y recursos humanos; y centros de atención primaria de la salud urbanos y rurales. 5. Administración, infraestructura edilicia y recursos humanos de asilos, hogares, y otros establecimientos. 6. La promoción del deporte y la recreación. 7. Accidentología y prevención de accidentes. 8. Expendio y consumo de sustancias nocivas para la salud. 9. Preservación y prevención de la contaminación de los espacios urbanos y rurales y alteraciones del ambiente.
Competencia: